viernes, 26 de abril de 2019


RELATORÍA   
ADMINISTRACIÓN DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y AMBIENTES EDUCATIVOS

Las instituciones educativas son  una organización de propiedad pública o privada cuyo objetivo primordial es proveer servicios educativos de alta calidad o la colectividad o a una parte de ella. Las necesidades de los consumidores son el sentido de la actividad económica. 
En esta situación, aparte de las relaciones institucionales que puedan tener entre sí las entidades escuela-familia-asociación, hay ente ellas una comunicación continua, porque sus miembros viven constantemente implicados en dos entidades distintas. Pueden influirse mutuamente de un modo continuado, sin interferencias, cada uno desde su peculiar situación. La gestión de los centros educativos, en periodos de cambio estructural del sistema educativo como el actual, tiene como propósito esencial promover y posibilitar la transformación de las prácticas educativas, así como las formas de organización y gestión escolar, para garantizar la calidad de los procesos y resultados de aprendizaje.
Esto define a la gestión educativa como una función dirigida a generar y sostener en el centro educativo, tanto las estructuras administrativas y pedagógicas como los procesos internos de naturaleza democrática, equitativa y eficiente, que permitan a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos desarrollarse como personas plenas, responsables y eficaces.
Como ciudadanos capaces de construir la democracia y el desarrollo nacional, armonizando su proyecto personal con un proyecto colectivo.  En esta perspectiva, la gestión educativa se dirige a generar y sostener en el Centro Educativo y en el Instituto, tanto las estructuras administrativas y pedagógicas, como los procesos internos de naturaleza democrática, equitativa y eficiente, que permitan a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos desarrollarse como personas plenas, responsables y eficaces; y como ciudadanos capaces de construir la democracia y el desarrollo nacional, armonizando su proyecto personal con un proyecto colectivo.
Los Docentes deben contar en cada centro educativo con facilidades para constituir equipos de interaprendizaje que les permitan compartir sus experiencias, estrategias, opciones, logros y dificultades con sus colegas, cooperando mutuamente al éxito del proceso formativo de los alumnos.
Estos equipos pueden conformarse también alrededor de proyectos de investigación, innovación y/o de formación, capacitación, evaluación y sistematización de su propia práctica pedagógica, dentro de su centro educativo o en red con otros centros educativos.

La constitución de estos equipos debe ser alentada por el Director, otorgándoseles facilidades para su funcionamiento, racionalizando tiempos y horarios para evitar sobrecargas innecesarias y facilitar la ejecución de acuerdos y tareas comunes.

Aquí entra en juego el PEI se define como un instrumento de gestión del Centro Educativo o del Instituto cuya función es articular el trabajo pedagógico e institucional, orientándolos, de manera complementaria, autónoma y participativa, en el mediano y largo plazo, hacia el logro de aprendizajes de calidad y al desarrollo de los objetivos estratégicos del sistema educativo.
 El PEI se aprueba por Resolución Directoral, después de recibir la opinión favorable del Consejo Escolar o del Consejo Educativo, según sea el caso. Se envía sólo la primera vez, o cuando se modifique, al Órgano Intermedio del Ministerio de Educación, el que adoptará medidas específicas dirigidas a estimular los proyectos más innovadores y viables.

martes, 2 de abril de 2019




RELATORÍA

La Ley General de Educación es la columna vertebral de las normas educativas que ordenan y orientan nuestro sistema educativo. Desde su expedición en 1994, se han expedido numerosas leyes, decretos, resoluciones, directivas ministeriales y fallos de las Cortes que la modifican, desarrollan o precisan. El conocimiento de la Ley General de Educación y sus desarrollos posteriores resultan esenciales para la educación, los educadores y los directivos docentes.
Sabemos de antemano que la educación es un medio fundamental para adquirir, transmitir y acreditar la cultura; es proceso permanente que contribuyen al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social.
Que los maestros conozcan las leyes establecidas en la ley general de educación es de gran importancia por muchas razones. Esto será de mucha ayuda en nuestra docencia ya que así cada maestro sabrá qué hacer cuando se le presenta algún caso en específico.

Cuando se  habla de la Educación y formación en el tema de Ley de infancia y Adolescencia es un compromiso de todos, pero sin el empoderamiento de los órganos estatales encargados de fomentar y velar por su cumplimiento para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes colombianos. Es por ello que si fortalecemos la formación integral desde temprana edad y cumplimos todas las normas garantistas de estos derechos fundamentales, podremos tener mejores proyecciones de profesionales a nivel universitario y técnicos.